Sancionar la tortura, asegurar la justicia, acabar con la impunidad

Es un derecho humano no ser sometido a tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes. Si este derecho se nos es violado lo debido es que el autor material de los hechos compadezca ante la ley y que los daños sean resarcidos. Cuando la tortura queda impune, es imposible garantizar este derecho humano.
El Protocolo de Estambul es un documento elaborado por una serie de expertos, coordinado por la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, que tiene el atributo de establecer cuáles son los medios, órganos y formas para identificar signos de tortura, establece los deberes de las personas que han identificado signos de tortura, para evitar que los hallazgos desaparezcan, contribuir con las autoridades y evitar la impunidad. Todo esto sin olvidar el rigor científico, que es lo más importante para el tema probatorio.
En conversaciones con el Doctor en Derecho Jesús Ollarves, director del Centro de Estudios de Postgrado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela (UCV), indicó que «la tortura en Venezuela está concebida como un crimen internacional». Recientemente fue aprobada la Ley Especial para Prevenir y Sancionar la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, pero a la par «Venezuela ha ratificado una gama de tratados internacionales en lo regional y lo universal que penalizan la tortura y le imponen a las autoridades obligaciones jurídicas muy concretas en estos asuntos».
Para Ollarves, el Protocolo de Estambul no sólo cumple el objetivo de sistematizar, visibilizar y promover los estándares, sino también cumple con entregarle «herramientas especializadas a la sociedad civil, a las personas que no somos médicos, para saber cuál es nuestra debida diligencia frente a violaciones de derechos humanos, ir tomados de la mano con un acompañamiento permanente dentro de las investigaciones, poder documentar los casos de tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes, convertir y preconstituir pruebas que puedan ser empleadas en un proceso para que se sancione a los responsables, para que se establezca un régimen de resarcimiento de los daños y se evite la impunidad».

Uno de los casos que impulsó la creación del Protocolo de Estambul fue el de Baki Erdogan, quien murió por Síndrome de Estrés Respiratorio Adulto, causado por tortura. El informe forense oficial decía que la causa de su muerte había sido un edema pulmonar. Con respecto a la posibilidad de que se realicen reportes forenses falsos o manipulados, Jesús Ollarves acotó que «las penas no se compadecen cuando se trata de buscar la impunidad con un documento falso frente a una violación de derechos humanos. No se trata de cualquier caso ni cualquier falsedad. Independientemente de la situación muy focal que vivimos en Venezuela existe un régimen sancionatorio penal sobre estos particulares».
Pese a que el Protocolo de Estambul tiene más de una década de haber sido elaborado, en Venezuela y muchos otros países de América Latina «sigue siendo una novedad. Su contenido, sus antecedentes y justificación no se conocen y lo peor es que las universidades no se han arrogado el rol de promover estos estándares porque simplemente no los conocen». Para el profesor Ollarves esto «se trata de una materia que es una suerte de categoría del conocimiento, donde la medicina, la psicología, la fotografía, el derecho, la filosofía, la antropología tienen mucho que ver. Es un eje transversal que tiene que hacerse visible en las universidades. Lamentablemente en Venezuela han ocurrido algunos hechos que han hecho que la academia despierte y busque fórmulas adecuadas en el derecho interno y el derecho internacional para evitar que se sigan cometiendo casos de tortura».
En Venezuela existen ciertos manuales para el proceso de documentación de posibles casos de tortura, pero estos son de vieja data. También hay parámetros que el médico legista utiliza; el uso de estos va a depender de las especificaciones de cada caso y de acuerdo a las autorizaciones y pedimentos que realiza la fiscalía del Ministerio Público (MP), «quien es el titular de la acción penal, el que tiene la potestad de decir cuáles son las diligencias investigativas que se tienen que hacer en determinado caso para revelar si hay o no indicio de tortura o presión psicológica o algún otro trato cruel, inhumano o degradante». No obstante, hacer visible los estándares del Protocolo y promover su contenido va a ser de gran ayuda para el Ministerio Público. Ollarves asegura que «hay muchas personas dentro del MP y del poder judicial que están interesados en investigar y sancionar casos de esta naturaleza pero a veces se ven inhibidos porque no tienen el conocimiento técnico específico. Además es una materia muy especializada, por ello hablar de medicina forense, medicina legal, a veces da cierto temor al profesional, porque se suele comprender como una rama del conocimiento con expresiones técnicas tan específicas que no existe esa sensibilización al cambio para poder empoderar el conocimiento y poder emprender una investigación clara y precisa que te permita lograr identificar un hallazgo de tortura sin temor».
Sobre la posibilidad de especializar a profesionales en el Protocolo de Estambul y que, además, sea conocido por la sociedad civil, Jesús cree que «sería un hecho muy relevante porque para la sociedad civil va a ser una herramienta novedosa. Lo primero que tendrán al frente será el contenido de unos estándares que no son difíciles de comprender, trae una suerte de bitácora del camino que se debe emprender. Es un manual para los legos en medicina, para preservar las pruebas y los hallazgos de tortura. Para los organismos del Estado también va a ser un instrumento muy relevante, porque van a complementar, dependiendo de las profesionales que se trate, sus conocimientos. Se van a poder identificar cuáles son las interrelaciones que existen entre el derecho internacional y el derecho interno y la compatibilidad entre ambos para lograr un objetivo común, que es documentar casos, cómo hacerlo y evitar la impunidad».
No escatimemos esfuerzos cuando de construir una sociedad civil con más herramientas para defender y hacer valer sus derechos se trate.
Se ha conversado  anteriormente de la importancia y relevancia que tiene el Protocolo de Estambul en la documentación de casos de tortura y la prevención de la impunidad. Puedes ver los artículos anteriores aquí y aquí.
Hacer valer los derechos humanos no es una labor individual.
Alexandra Perdomo (@amnistia)

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